Resumen del criterio jurisprudencial
FIJA FUNCIONES DEL GABINETE DEL SANTIAGO, 05 DE JUNIO DE 2026 RESOLUCIÓN EXENTA SII N°72.- Lo dispuesto en el artículo 6°, letra A, del Código Tributario; en las letras a), c), i), j), k), y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 18.834, sobre Estatuto