Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Hospital Dr. Sótero del Río, ordenando la entrega de información relativa a saber si el Hospital ha adoptado medidas generales, instrucciones internas o decisiones administrativas destinadas a revisar los procedimientos disciplinarios derivados del Consolidado de Información Circularizada N° 15 de 2025 de la Contraloría General de la República, considerando los criterios posteriormente establecidos por la Superintendencia de Seguridad Social. En caso afirmativo, informar la fecha y naturaleza general de dichas medidas, resguardando todo dato personal o antecedente que permita identificar a funcionarios involucrados. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública de carácter institucional no cubierta por el secreto sumarial. Asimismo, se rechaza el amparo en cuanto a la entrega de información relativa a si la Contraloría General de la República instruyó el sobreseimiento de funcionarios determinados, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley N° 20.285, en relación con el artículo 137 de la Ley N° 18.834, al encontrarse los procedimientos disciplinarios respectivos en etapa indagatoria.