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La Corte Suprema conoce de un recurso de apelación contra una sentencia de la Corte de…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema conoce de un recurso de apelación contra una sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que rechazó una acción de amparo. El amparado, Dayonis Junior Orozco Castillo, impugnaba la prisión preventiva decretada en carácter anticipado por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago en el. La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el amparo, dejando sin efecto dicha medida cautelar. El tribunal sostiene que la prisión preventiva anticipada del artículo 141 letra c) del Código Procesal Penal solo procede cuando el imputado se encuentra cumpliendo efectivamente una pena privativa de libertad, lo que no ocurría en el caso. Además, el amparado ya estaba sujeto a otra prisión preventiva en una causa diversa, por lo que no correspondía imponer una segunda medida de forma anticipada. La decisión se funda en el carácter excepcional y restrictivo de las medidas cautelares personales. El voto disidente del Ministro Franulic estimó que la situación fáctica no se enmarcaba en los supuestos del artículo 141 del Código Procesal Penal y estuvo por confirmar la decisión de alzada.

Medidas cautelares personalesPrisión preventiva anticipadaAfectación de la libertad personalInterpretación restrictiva de la ley procesal penalHomicidio de carabineroMedida cautelar de prisión preventivaRecurso de amparo acogidoDelito de porte de arma prohibida

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.