La Corte Europea de Derechos Humanos rechaza los reclamos de 16 manifestantes belgas co…
Sentencia · 2025
Resumen
La Corte Europea de Derechos Humanos rechaza los reclamos de 16 manifestantes belgas condenados penalmente por obstruir una autopista cerca de Lieja en octubre de 2015. Los requirentes alegaban violación del derecho a la libertad de reunión pacífica (artículo 11 del Convenio). La Corte determinó que las sanciones penales impuestas por las autoridades belgas fueron proporcionales y justificadas. El bloqueo no fue autorizado, no respondió a una necesidad inmediata, y no fue el único medio necesario para expresar sus reivindicaciones. Las autoridades nacionales actuaron dentro de su margen de apreciación al equilibrar los intereses en juego, incluyendo la seguridad pública y la circulación vial.
Normas citadas
Artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (libertad de reunión pacífica)
Artículo 34 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho de petición)
Artículo 44 § 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
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