R.M.P.J., auxiliar de servicios, y A.C.C., técnico paramédico, interponen recurso de pr…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2024
Resumen
R.M.P.J., auxiliar de servicios, y A.C.C., técnico paramédico, interponen recurso de protección en contra de la Asociación de Funcionarios FENATS del Hospital Barros Luco Trudeau por su desvinculación como socios de la asociación. Los recurrentes alegan que fueron expulsados sin proceso previo, vulnerando sus garantías fundamentales de sindicación. Sostienen que la expulsión fue producto de persecución laboral y acoso originado por conflictos con la dirigente Brisa Gálvez. La Corte acoge el recurso de protección, ordenando el reintegro de ambos recurrentes en su calidad de afiliados a la asociación dentro de cinco días desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. La decisión se fundamenta en que no se respetaron las garantías mínimas de los recurrentes en el procedimiento de desvinculación.
Normas citadas
Artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República
Artículo 19 de la Constitución Política de la República
Artículo 26 de la Ley 19.296
Artículo 12 del Reglamento de la Asociación de Funcionarios FENATS
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