Resumen del criterio jurisprudencial
La empresa Servicios Eléctricos Eliotec Limitada, representada por Alejandro Ávila Huerta, impugnó la decisión de la Municipalidad de Pichilemu en la licitación pública ID 4459-18-LQ24 para el mejoramiento del alumbrado público en sectores Cardonal de Panilonco y La Aguada. El demandante alegó que la Comisión Evaluadora omitió verificar que la oferta adjudicada no incluía la propuesta de manejo de materiales retirados, exigida en las bases, y que la programación financiera no contemplaba las retenciones de los estados de pago estipuladas. Sostuvo que estos incumplimientos deberían haber llevado a declarar inadmisible la oferta ganadora. La municipalidad, por su parte, defendió la legalidad del proceso. El tribunal rechazó la demanda, considerando que la evaluación se ajustó a las bases y que los requisitos señalados no eran esenciales, ya que las bases no exigían detalles específicos en esos puntos. La sentencia determinó que cada parte pagara sus costas.