Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido contra el Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz, ordenándose la entrega de copias de epicrisis de atenciones realizadas a la propia reclamante entre septiembre de 2022 y julio de 2024. Lo anterior, por cuanto la peticionaria ha hecho uso del denominado “habeas data impropio” a efectos de acceder a sus propios datos de carácter personal y sensibles que obran en poder de un tercero, en este caso, del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Tal derecho, puede ejercerse a través del procedimiento establecido por la Ley de Transparencia mediante el ejercicio del derecho de acceso a información pública. Atendido que la información contiene datos personales y sensibles de la reclamante, el órgano deberá proporcionarla previa acreditación de identidad, en conformidad de lo dispuesto en el numeral 4.3. de la Instrucción General N°10 de este Consejo, debiéndose verificar por parte del Hospital que la información sea retirada por la titular de la ficha o por su apoderado, acreditando este último su representación.