Resumen
Se denomina muertes bajo custodia a los casos de fallecimientos de personas que se encuentran bajo control, custodia o cuidado del Estado. El concepto ha sido débilmente desarrollado desde el derecho y no existe una regulación específica, legal o administrativa para estos casos en nuestro país. Con el fin de ilustrar cómo lo han desarrollado otros Estados, se presentan algunos sistemas comparados, así como los estándares internacionales contenidos en jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha desarrollado una serie de obligaciones, basándose en la posición de garante del Estado frente a la persona privada de libertad. Una de las principales consiste en la instrucción de una investigación de oficio, que debe ser llevada por el Ministerio Público, cumpliendo con la diligencia debida para estos casos específicos, arriesgando de otra forma responsabilidad internacional del Estado de Chile. Para asegurar la efectiva investigación de las muertes bajo control, custodia y cuidado, se propone la confección de un Protocolo Intersectorial que asegure la intervención del órgano persecutor, entre otras medidas.