Seguridad social

Impónese a la Isapre Consalud una multa de 100 UF, por incumplimiento de su obligación…

Resumen del criterio jurisprudencial

Impónese a la Isapre Consalud una multa de 100 UF, por incumplimiento de su obligación de notificar las negativas de cobertura dentro del plazo de 20 días hábiles contado desde la presentación de la solicitud respectiva, establecido en el punto 4.2 de la Circular N° 36 de la ex Superintendencia de Isapres, cuyo texto modificado se fijó en la Resolución Exenta N° 546 del 12/

Sanciones a isapres

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.