Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente Cristian Andrés Aguila Rebolledo presentó una reclamación en contra de la Liquidación N° 111401000013 de 24 de septiembre de 2012 emitida por el Servicio de Impuestos Internos. El tribunal analizó el plazo de interposición del reclamo. De acuerdo al artículo 124 del Código Tributario, el plazo fatal es de 90 días desde la notificación. El propio reclamante reconoció haber recibido la liquidación el 24 de septiembre de 2012. La reclamación fue presentada el 16 de enero de 2013, transcurriendo más de 90 días hábiles. El tribunal declaró inadmisible el reclamo por extemporáneo.