Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el abogado Ignacio Barra Wiren, en representación de la sostenedora de un establecimiento educacional, contra la Resolución Exenta PA N°000461 de 2 de marzo de 2026 de la Superintendencia de Educación, que mantuvo la sanción impuesta por vulnerar la confidencialidad del diagnóstico médico de un alumno. El establecimiento fue sancionado por individualizar al alumno en un protocolo de crisis epiléptica, expuesto a compañeros de curso. La reclamante alegó prescripción de la potestad sancionatoria por haber transcurrido más de seis meses entre los hechos y el inicio de la investigación, y cuestionó el fondo de la sanción señalando que no hubo vulneración de confidencialidad porque la familia no solicitó reserva. La Corte consideró que no se advierte ilegalidad en la resolución reclamada ni en el procedimiento administrativo, y que la reclamación se limita a cuestionar aspectos de mérito o conveniencia ya ponderados por la autoridad. En consecuencia, rechazó el reclamo sin costas.