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Administrativo

La Contraloría General de la República ordenó a la Policía de Investigaciones de Chile…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República ordenó a la Policía de Investigaciones de Chile reabrir un sumario administrativo, al considerar que la investigación no se encontraba agotada. El dictamen señala que la sanción impuesta a dos funcionarios se basó en una prueba insuficiente: en un caso, solo en el testimonio de una testigo, sin motivar por qué se prefería esa declaración por sobre las exculpatorias; en el otro, en una presunción no fundada en hechos reales y probados. Al no estar acreditada la responsabilidad del primer funcionario, no podía sostenerse que el segundo estuviera obligado a denunciarlo. La Contraloría concluye que los actos sancionatorios deben ser motivados y que, al no estarlo, procede reabrir el procedimiento para verificar debidamente la responsabilidad administrativa de los involucrados.

Normas citadas

  • dto 1/82 defen art/53
  • dto 40/81 defen art/6 num/1 lt/b
  • dto 40/81 defen art/6 num/1 lt/g
  • dto 40/81 defen art/6 num/2 lt/b
  • dto 40/81 defen art/6 num/3 lt/c
  • dto 40/81 defen art/6 num/3 lt/f
  • dto 40/81 defen art/6 num/5 lt/
  • dto 1/82 defen art/30
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la administración sancionar a un funcionario en un sumario administrativo si la prueba se basa solo en el testimonio de una testigo?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la sanción no podía fundarse solo en el testimonio de una testigo, sin motivar por qué se prefería esa declaración por sobre las exculpatorias. Por ello ordenó reabrir el sumario para verificar debidamente la responsabilidad.

¿Es válida una sanción administrativa basada en una presunción que no se apoya en hechos reales y probados?

En este caso, la Contraloría concluyó que la sanción impuesta a un funcionario se basó en una presunción no fundada en hechos reales y probados, lo que no es suficiente. Según el dictamen, los actos sancionatorios deben estar motivados.

¿Puede exigirse a un funcionario que denuncie una irregularidad cometida por otro si esta no está acreditada?

En este caso, la Contraloría señaló que, al no estar acreditada la responsabilidad del primer funcionario, no podía sostenerse que el segundo estuviera obligado a denunciarlo. Esto llevó a reabrir el procedimiento.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.