Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el registro de audiencias y r…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el registro de audiencias y reuniones en la agenda pública de la ley N° 20.730, que regula el lobby. Dictaminó que solo deben registrarse aquellas actividades que cumplan con las características del artículo 5° de dicha ley, es decir, las destinadas a influir en decisiones como la elaboración de actos administrativos, proyectos de ley o políticas públicas. Quedan excluidas las actividades señaladas en el artículo 6°, como peticiones en reuniones públicas, consultas sobre el estado de trámites o información solicitada expresamente por una autoridad. En el caso de reuniones con asociaciones de funcionarios, la obligación de registro dependerá del análisis concreto de cada situación. Además, se precisó que la aplicación de la ley N° 20.730 no puede alterar el deber de las autoridades de recibir oportunamente a los dirigentes de dichas asociaciones, conforme al artículo 25 de la ley N° 19.296. Se confirmó y complementó el dictamen N° 87.972, de 2015.

Normas citadas

  • ley 20730 art/5
  • Pol art/8 inc/1
  • Pol art/8 inc/2
  • ley 20730 art/1
  • ley 20730 art/2 num/1
  • ley 20730 art/2 num/2
  • ley 20730 art/2 num/4
  • ley 20730 art/2 num/5
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Qué reuniones deben registrarse en la agenda pública según la ley del lobby en Chile?

En este caso, la Contraloría General de la República dictaminó que solo deben registrarse las actividades que cumplan las características del artículo 5° de la ley N° 20.730, es decir, aquellas destinadas a influir en decisiones como actos administrativos, proyectos de ley o políticas públicas.

¿Están exentas del registro de lobby las peticiones hechas en reuniones públicas o las consultas sobre el estado de un trámite?

Según este dictamen, sí. Quedan excluidas del registro las actividades señaladas en el artículo 6° de la ley, como las peticiones en reuniones públicas, las consultas sobre el estado de trámites y la información solicitada expresamente por una autoridad.

¿Las reuniones con asociaciones de funcionarios deben registrarse como lobby?

La Contraloría señaló que la obligación de registro en estos casos depende del análisis concreto de cada situación. Además, precisó que la ley N° 20.730 no puede alterar el deber de las autoridades de recibir oportunamente a los dirigentes de estas asociaciones, conforme al artículo 25 de la ley N° 19.296.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de una entidad r…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República, a solicitud de la Dirección del Trabajo, dictam…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la aplicación de la ley N° 20…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2020

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre las gestiones de un concejal…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

  • La Contraloría General de la República imparte instrucciones sobre la ley N° 20.730, qu…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.