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La Sala I revocó el rechazo en primera instancia y reconoció daño moral.

Resumen del criterio jurisprudencial

La Sala I revocó el rechazo en primera instancia y reconoció daño moral. Encuadró el caso como violencia laboral y aplicó estándares del Convenio 190 de la OIT y la Ley 26.485.

La Cámara Nacional del Trabajo reconoció daño moral a trabajadora por difusión de imágenes íntimas sin protección empresarialEl tribunal determinó que el conocimiento de hechos violentos activa automáticamente el deber de intervención del empleador, sin necesidad de denuncia formalSe encuadró el caso como violencia laboral según el Convenio 190 de la OIT y la Ley 26.485, con responsabilidad solidaria de las empresas

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.