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Se acoge el amparo deducido por un requirente en contra de la Municipalidad de La Ligua…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

Se acoge el amparo deducido por un requirente en contra de la Municipalidad de La Ligua, teniendo por entregada de manera extemporánea la información solicitada relativa a las organizaciones culturales comunales vigentes y al Plan Municipal Cultural vigente, antecedentes respecto de los cuales el requirente manifestó expresamente su conformidad. El Consejo para la Transparencia acogió el amparo, representando a la municipalidad la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, por no haber respondido la solicitud dentro de los plazos legales, con la finalidad de que se adopten medidas para evitar futuras infracciones.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si un órgano de la administración del Estado responde una solicitud de información fuera de plazo según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo, teniendo por entregada de manera extemporánea la información, y representó a la municipalidad la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, para que adopte medidas que eviten futuras infracciones.

¿Puede el Consejo para la Transparencia acoger un amparo si la información ya fue entregada, aunque tardíamente?

En este caso, el Consejo acogió el amparo aunque la información fue entregada, pues se tuvo por entregada de forma extemporánea y el requirente manifestó expresamente su conformidad con los antecedentes recibidos, limitándose el pronunciamiento a la infracción de plazos.

¿Qué consecuencias tiene para una municipalidad no responder dentro de plazo una solicitud de acceso a información pública sobre cultura comunal?

En este caso, el Consejo sostuvo que la municipalidad de La Ligua incurrió en infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad al no responder dentro de los plazos legales, dictando una representación con el fin de que se adopten medidas para evitar futuras infracciones.

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