Resumen del criterio jurisprudencial
La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel rechaza el recurso de protección interpuesto por José Evangelista Caro Ramírez en contra de la Tesorería General de la República por embargo de fondos de pensión vitalicia de DIPRECA. El recurrente alegaba que el embargo de $1.860.000 afectaba derechos fundamentales como la vida, integridad física y propiedad, argumentando que los fondos de pensión son inembargables conforme al artículo 445 N°1 del Código de Procedimiento Civil y artículo 92 de la Ley N° 18.948. La Corte determinó que el acto impugnado se encuentra bajo el imperio del derecho, al haber sido ordenado por resolución judicial en procedimiento ejecutivo tributario. Por tanto, la acción constitucional no puede prosperar.