Administrativo

Los sitios resultantes de un condominio tipo B constituyen predios de dominio exclusivo…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los sitios resultantes de un condominio tipo B constituyen predios de dominio exclusivo, por lo que no se advierten reparos a que se emplacen las edificaciones que señala, en sitios distintos de aquel.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.