Tributario

La exención en comento, según se indica en Ord.

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009

Resumen

La exención en comento, según se indica en Ord. N° 8077, tiene su origen en el D.L. N° 844, publicado en el Diario Oficial de fecha 11 de Enero de 1975, disposición legal que creó el Departamento de Previsión de Carabineros de Chile y cuyo artículo 14°, dispone a la letra que "El Departamento estará exento del pago de impuestos y contribuciones fiscales y municipales, y su correspondencia oficial estará libre de porte". Cabe aclarar que posteriormente, mediante el artículo 1°, de D.L. N° 1.468, de 1976, se sustituyó la denominación de "Departamento de Previsión de Carabineros de Chile", por "Dirección de Previsión de Carabineros de Chile" y estableció que toda referencia hecha en el D.L. N° 844, de 1975, o en otra norma legal al "Departamento de Previsión de Carabineros de Chile", debe ent

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.