Resumen del criterio jurisprudencial
Se confirmó la multa de 617,98 Unidades de Fomento impuesta por la Comisión para el Mercado Financiero al Banco de Chile por no consultar correctamente el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y no retener los montos correspondientes en siete créditos otorgados a personas inscritas. La Corte sostuvo que la obligación legal incluye tanto la consulta como la constatación de la inscripción, y que los errores temporales del sistema no eximen al banco de su responsabilidad.