Resumen del criterio jurisprudencial
No. Las EST no pueden ser matrices, filiales, coligadas, relacionadas ni tener interés directo o indirecto, participación o relación societaria de ningún tipo, con empresas usuarias que contraten sus servicios. La infracción es sancionada por el Director del Trabajo con cancelación de inscripción en el Registro de Empresas de Servicios Transitorios y multa a la usuaria de 10 UTM por cada trabajador contratado. La empresa afectada por dicha resolución podrá solicitar reposición, dentro del plazo de 5 días. La resolución que niegue lugar a esta solicitud será reclamable, dentro del plazo de 5 días, ante la Corte de Apelaciones respectiva.