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El tribunal de alzada respaldó la decisión del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago,…

Noticia · 2026

Resumen

El tribunal de alzada respaldó la decisión del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, al concluir que solo el Ministerio Público puede disponer la acumulación de causas penales aún no formalizadas.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la inadmisibilidad de una querella que buscaba acumular dos investigaciones penalesEl tribunal reiteró que la acumulación de causas es una facultad exclusiva del Ministerio Público, no de los querellantesNo se había establecido que los presuntos partícipes de ambos delitos fueran las mismas personasLa querellante conserva el derecho a presentar su acción por separado ante el tribunal territorialmente competente

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