Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo contra de la Dirección General de Aguas, respecto del informe psicolaboral del reclamante, teniéndose por entregada dicha información, aunque de forma extemporánea. Lo anterior, por cuanto el organismo procedió a complementar la información inicialmente entregada, con ocasión de los descargos en esta sede. Asimismo, se acoge el amparo respecto de los test aplicados para elaborar el respectivo informe psicolaboral, y sus resultados, previa acreditación de la identidad del solicitante, por cuanto los casos en que sea el postulante el que solicita conocer de sus evaluaciones personales en un proceso de selección, el acceso a dichas evaluaciones se encuentra garantizada por la ley N° 19.628, atendida su calidad de datos personales sensibles. Se rechaza el amparo respecto de los informes psicolaborales del resto de los postulantes, toda vez que atendida la naturaleza de la información -datos personales de carácter sensible-, no puede ser divulgada sin la autorización expresa de los titulares. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparo roles C3218-15, C105-16, C2646-17, C2554-18 y C5733-20, entre otras.