Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza recurso de nulidad interpuesto por Moisés Eugenio Benavides Vivanco en contra de la Municipalidad de Talca. El demandante, médico veterinario, cuestionaba que su relación laboral fuera regida por contrato a honorarios en lugar del Código del Trabajo. La Corte de Apelaciones de Talca confirmó que el vínculo es de carácter civil, autorizado por la Ley N° 18.883, ya que las funciones eran precisas y particulares. Se aplicó el principio de primacía de la realidad para analizar la naturaleza del contrato. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda sin condenar en costas por motivos plausibles.