Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió dar lugar al reclamo, por sobretasa y giro, en contra de inversiones volcán pichincha spa, continuadora legal de inmobiliaria huechuraba s.a., en cuanto se pretendió cobrar diferencias de impuestos por bienes raíces que no correspondían a su propiedad al 31.12.2019, contraviniendo lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 7 bis de la ley de impuesto territorial. la reclamante dirigió su acción en contra de la sobretasa establecida en el artículo 7 bis de la ley n°17.235 y su giro. el servicio sostenía que inmobiliaria huechuraba s.a. tenía cuatro bienes raíces inscritos a su nombre al 31.12.2019, estableciendo un avalúo fiscal total ascendente a $7.486.950.512, siendo esta una información desactualizada debido a que sólo era propietaria de dos bienes raíces en esa fecha. atendido los antecedentes aportados el servicio, se allana debido a que por error incluyó dos roles que no eran de propiedad de inmobiliaria huechuraba s.a., al 31.12.2019, siendo que sólo correspondían a ella, en esa fecha los roles 3130-9 y 7030-14, procediendo la rebaja de la sobretasa cobrada en el año 2020 y en consecuencia del giro respectivo, resultando absolutamente infundado. de acuerdo a los antecedentes y circunstancias del proceso, el tribunal resolvió que la sobretasa sólo afecta a los propietarios de bienes raíces que se encuentren inscritos en el registro de propiedad de bienes raíces de los respectivos conservadores de bienes raíces registrados a su nombre al 31 de diciembre del año anterior, y por tanto, resultó posible afirmar que la sobretasa girada en contra de inmobiliaria huechuraba s.a., resulta absolutamente infundada.