Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Ambiental autoriza la renovación de la medida provisional de clausura temporal parcial del Relleno Sanitario Santa Marta, solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). La medida permite la operación únicamente del área identificada como 'SobreCelda', con una capacidad volumétrica máxima de 920.000 m³, según lo establecido por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana. La autorización se concede hasta el 17 de abril de 2017 o hasta que se alcance dicha capacidad, lo que ocurra primero. El tribunal ha autorizado previamente varias renovaciones de medidas similares desde 2016, en el contexto de un procedimiento sancionatorio contra Consorcio Santa Marta S.A. por infracciones graves y gravísimas. La medida busca evitar un daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas debido a la inestabilidad del relleno. La SMA debe remitir al tribunal los informes mensuales que la empresa debe entregar a la autoridad sanitaria.