Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, en su Primera Sala, dicta sentencia de reemplazo confirmando la sentencia apelada del Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. La resolución se refiere al cálculo de intereses en una indemnización por daño moral. Se establece que el pago de las sumas deberá realizarse con reajustes según la variación del Índice de Precios del Consumidor e intereses corrientes para operaciones no reajustables, contados desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Existen prevenciones de dos ministros respecto al devengo de intereses y su naturaleza.