Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación interpuesta por David Marcial López Aránguiz contra la Resolución Exenta N° de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que había confirmado una sanción de 36 UTA a la Sociedad Comercial Antillal Limitada por infracción a la norma de ruido del D.S. N°. El tribunal consideró que la SMA no ponderó adecuadamente las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA, en particular la atenuante de falta de riesgo significativo y la ausencia de reincidencia, vulnerando el principio de proporcionalidad. En consecuencia, se anuló la sanción y se ordenó dictar una nueva resolución. La sentencia fue adoptada por mayoría, con el voto disidente del ministro Alejandro Ruiz Fabres, quien estimó que la sanción era proporcionada y ajustada a derecho. El fallo se fundamentó en la necesidad de que las sanciones administrativas sean proporcionales a la gravedad de la infracción.