Los Directores Sindicales que prestan sus Servicios en faenas sujetas a un sistema exce…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1997
Resumen
Los Directores Sindicales que prestan sus Servicios en faenas sujetas a un sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo y de los descansos, tienen derecho a gozar de los permisos sindicales en la forma y oportunidad que establece el artículo 249 y siguiente del Código del Trabajo.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 249 del Código del Trabajo
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