Resumen
Artículos 97 n° 10, 105, 115, 117, 125 y siguientes, y 165 del código tributario; artículo 52 del decreto ley n° 825, ley de impuesto a las ventas y servicios; artículo 68 del decreto supremo n° 55, reglamento de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios. la reclamante (tnt express) presta servicios de transporte nacional a un tercero (fedex), que es una sociedad dedicada al transporte de carga y correo expreso de importación y exportación, encontrándose dichas prestaciones respaldadas por un contrato al efecto. que, por lo anterior, no le corresponde a la reclamante dar factura a un usuario que pagó la suma de $87.342 por los servicios recibidos, que es quien denunció la presunta infracción que dio origen a estos autos, pues a quien corresponde que se le extienda la factura por parte de tnt express a fedex, pues es a su respecto que se genera el hecho gravado, dado que es quien contrató los servicios de transporte de la actora. que, en caso contrario, de otorgársele factura al usuario como lo sostiene el sii, existiría una doble tributación por el mismo servicio, lo cual no corresponde en derecho. el tribunal acogió el reclamo, y el sii no apeló de la sentencia que le fue desfavorable.