Resumen del criterio jurisprudencial
Derilus Marie Changlaire dedujo una acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones. La Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 29 de septiembre de 2026, declaró inadmisible la acción (Ingreso Corte N° Amparo-4625-2026). Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación ante la Corte Suprema. El máximo tribunal señaló que los hechos descritos en el recurso pueden constituir uno de los supuestos del artículo 21 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, revocó la resolución apelada y declaró admisible la acción de amparo. Ordenó que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de Santiago dé tramitación al amparo y se pronuncie sobre su fondo.