Resumen
O.L.H. interpuso un recurso de protección en favor de diez personas de la etnia mapuche-huilliche contra la Municipalidad de Río Negro, denunciando que esta extraía aguas del Río Huellelhue para abastecer a comités de agua potable rural, sin realizar la consulta indígena prevista en el Convenio 169 de la OIT. Los recurrentes alegaban que dicha extracción afectaba sus actividades ceremoniales y la recolección de lawenes, vulnerando las garantías de los numerales 1 y 3 del artículo 19 de la Constitución. La Municipalidad informó que el proyecto se encontraba operativo desde 2014 beneficiando a más de 170 familias, incluida la Comunidad Indígena Catrihuala a la que pertenecían seis de los recurrentes. La Dirección General de Aguas señaló que la Municipalidad poseía 29 derechos de aprovechamiento de aguas consuntivos sobre el río, otorgados tras procedimientos reglados, sin que existiera declaración de agotamiento del cauce. La Corte Suprema confirmó el fallo de alzada que rechazó el recurso, al considerar que la extracción estaba amparada en derechos de agua legalmente constituidos y que no se acreditó una afectación real y directa que hiciera necesaria la consulta indígena.