Seguridad social

Trabajador independiente.

Resumen del criterio jurisprudencial

Trabajador independiente. Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL). cotizaciones. Se debe distinguir entre aquellos obligados a cotizar y quienes lo hacen voluntariamente, garantizando a ambos el acceso al beneficio si cumplen los requisitos de afiliación y densidad de cotizaciones. Respecto de los trabajadores independientes voluntarios, una vez activada la incapacidad laboral, la entidad pagadora del SIL debe enterar la cotización de salud por el periodo de subsidio y el trabajador debe enterar de forma personal solo la fracción proporcional correspondiente a los días efectivamente trabajados, la cual puede ser inferior a un IMM.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.