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La parte recurrente interpuso un recurso de protección contra la Superintendencia de Sa…

Resumen del criterio jurisprudencial

La parte recurrente interpuso un recurso de protección contra la Superintendencia de Salud por denegar la cobertura de ley de urgencia respecto de una atención médica recibida. El recurrente estimó que dicho acto era arbitrario, ilegal y vulneratorio de las garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución. La Corte Suprema, conociendo de la apelación, confirmó la sentencia recurrida. El tribunal señaló que para acoger la acción cautelar debe existir un derecho preexistente e indiscutido, condición que no se verificó en el caso. Se discutía la estabilización del paciente y el término de la calificación de urgencia, hechos controvertidos que impedían tener por acreditado un derecho indubitado. En ausencia de un derecho indubitado que amparar, no resultó posible acoger la acción. Por ello, se confirmó la sentencia apelada.

Institución de salud previsional (ISAPRE)Recurso de protecciónSuperintendencia de SaludAusencia de derecho indubitadoAcción de naturaleza cautelarSalud FísicaExcede el recurso de protecciónNegativa a otorgar cobertura financiera a intervención quirúrgica

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.