Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que acoge el recurso de protección interpuesto contra la Municipalidad de Talca por autorizar un evento deportivo de motocross en las inmediaciones del Humedal Urbano Cajón del Río Claro y Estero Piduco sin medidas de resguardo. Se declara que la municipalidad incurrió en omisión de sus deberes legales al no implementar los instrumentos normativos exigidos por la Ley N°21.202 sobre Protección de Humedales Urbanos. La Corte Suprema confirma la sentencia pero elimina el plazo perentorio de 90 días hábiles que había fijado la Corte de Apelaciones para la dictación de la ordenanza municipal.