Administrativo

No se advierte inconveniente en que la Municipalidad de María Elena financie el Program…

Resumen del criterio jurisprudencial

No se advierte inconveniente en que la Municipalidad de María Elena financie el Programa Transitorio Servicio de Urgencia 24/7 con los fondos percibidos en virtud de la ley N° 19.143.

ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.