El tribunal desestimó la excepción opuesta por el ejecutado porque no se acreditó el té…
Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal desestimó la excepción opuesta por el ejecutado porque no se acreditó el término de los servicios de los trabajadores, requisito indispensable para computar el plazo de cinco años que fija la Ley N°17.322.
El tribunal rechazó la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado en un juicio de cobro de cotizaciones previsionales adeudadas a AFC Chile.La deuda correspondía a periodos entre julio y octubre de 2009, por un monto de $108.288.El plazo de cinco años del artículo 31 bis de la Ley N°17.322 no pudo computarse porque no se acreditó el término de los servicios de los trabajadores involucrados.El juzgado precisó que la ley especial de cobranza previsional prima sobre las normas generales de prescripción del Código Civil, ordenando seguir adelante la ejecución con costas.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.