Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda interpuesta por Ángela Fabiola Guzmán Michellod en contra de la Universidad San Sebastián, declarando que el despido de fecha 29 de enero de 2020 fue injustificado. En consecuencia, ordenó el pago del 30% de recargo de la indemnización por años de servicios conforme al artículo 168 del Código del Trabajo, por la suma de $2.660.042. Sin embargo, rechazó la restitución del descuento del aporte a la cuenta individual de Cesantía por $1.788.078, considerando que al haberse puesto término a la relación laboral por necesidades de la empresa, procede imputar a la indemnización por años de servicio la suma que el empleador aportó al seguro de desempleo conforme a la Ley N° 19.728. Las sumas ordenadas deberán pagarse con los reajustes contemplados en el artículo 173 del Código del Trabajo, y cada parte pagará sus costas.