Administrativo

Jefes de departamento de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, nombrados de acuerd…

Resumen del criterio jurisprudencial

Jefes de departamento de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, nombrados de acuerdo con el artículo 8° de la ley N° 18.834, deben percibir las remuneraciones correspondientes a la escala inherente a dicho empleo, esto es, según la escala única de sueldos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.