Resumen del criterio jurisprudencial
Las partes pueden calificar determinada conducta como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, pero no necesariamente dicha calificación configurará la causal de término del N° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, puesto que corresponde a los Tribunales calificar la gravedad de la conducta para dar lugar a un despido justificado.