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Ricardo Andrés Leiva Sepúlveda, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Ricardo Andrés Leiva Sepúlveda, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, interpuso acción constitucional de amparo contra la resolución del Juzgado de Garantía de San Bernardo que rechazó su solicitud de sustitución de la pena privativa de libertad por reclusión domiciliaria total. El recurrente padece múltiples patologías graves, entre ellas lesiones por balas, colostomía permanente, diabetes, hipertensión y otras complicaciones que, según la defensa, hacen imposible cumplir la pena en prisión sin vulnerar su dignidad. El tribunal de primera instancia se basó en la ausencia de una norma que autorice expresamente la conmutación de la pena por motivos de salud y rechazó la petición. La Corte de Apelaciones, al analizar el caso, recordó el principio de legalidad y la jurisprudencia de la Corte Suprema que solo permite la sustitución en casos de enfermedad terminal o cuando el establecimiento penitenciario no puede brindar la atención requerida. Al no acreditarse una enfermedad terminal ni la imposibilidad del penal para atender al interno, el tribunal consideró que no existía fundamento legal para conceder la reclusión domiciliaria. En consecuencia, con fundamento en el artículo 21 de la Constitución y el Auto Acordado de la Corte Suprema, se rechazó la acción de amparo sin costas.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.