Resumen del criterio jurisprudencial
Téngase por comunicada dentro del plazo la decisión de la Isapre Colmena Golden Cross, de adecuar el precio base de sus planes de salud en un 2,6% y, además, su decisión de no ejercer su derecho a incorporar el valor en UF, a fin de financiar en parte las prestaciones de salud de las cargas nonatas o menores de dos años de edad que no estén cubiertas a través del régimen de garantías explícitas en salud, un monto que asciende a 0,061 UF por cada beneficiario/a de edad mayor o igual a dos años y menor de 65 años.