Tributario

Desde el año tributario 2006, a quienes corresponda tributar conforme al Impuesto Único…

Resumen del criterio jurisprudencial

Desde el año tributario 2006, a quienes corresponda tributar conforme al Impuesto Único de Segunda Categoría o Global Complementario, no les asiste el derecho a hacer uso de la rebaja tributaria por acciones de pago de sociedades anónimas abiertas, ya que la referida franquicia fue expresamente derogada.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.