ConstitucionalAcoge

La inaplicabilidad, regulada en el artículo 93 Nº 6 de la Constitución, permite al Trib…

Resumen del criterio jurisprudencial

La inaplicabilidad, regulada en el artículo 93 Nº 6 de la Constitución, permite al Tribunal Constitucional declarar que un precepto legal en un caso concreto es contrario a la Constitución, impidiendo su aplicación por el juez del caso. La inconstitucionalidad, regulada en el artículo 93 Nº 7, permite al Tribunal declarar inconstitucional un precepto legal con efectos erga omnes y ex nunc, tras una declaración previa de inaplicabilidad. La inaplicabilidad es un control concreto, que opera en el marco de un caso pendiente, mientras que la inconstitucionalidad es un control abstracto. La inaplicabilidad es impulsada por las partes y el juez, mientras que la inconstitucionalidad puede ser solicitada por acción pública o de oficio por el Tribunal. En el caso de inaplicabilidad, la norma declarada sigue vigente, pero no se aplica al caso concreto; la declaración de inconstitucionalidad deroga el precepto con efectos a futuro, sin retroactividad, conforme al artículo 94 de la Constitución. La derogación implica la cesación de la eficacia de una ley, privándola de su fuerza obligatoria. El artículo 94 consagra la derogación sin reemplazo de las disposiciones, y la expresión "derogado" se debe entender en su sentido técnico, generando que la ley deje de tener valor y eficacia desde la derogación. La irretroactividad de la declaración de inconstitucionalidad impide que la sentencia afecte situaciones consolidadas. La declaración de inaplicabilidad sólo produce efectos desde la notificación de la sentencia al tribunal que debe aplicar la norma, sin efecto retroactivo.

Tribunal ConstitucionalINADebido ProcesoDelito de conducción en estado de ebriedadPrincipio de proporcionalidad de la PenaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad Individual

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.