Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal rechazó la reclamación judicial contra la Contraloría General de la República y ratificó la sanción de 10 UTM y la anotación en su hoja de vida, luego de constatar que los viajes realizados en ejercicio de sus funciones no estaban exceptuados del registro obligatorio establecido por la Ley N° 20.730, que regula la transparencia y el control de actividades de autoridades municipales.