Resumen del criterio jurisprudencial
El demandante, Augusto Mariano Amas Pizarro, interpuso una acción contra la Compañía General de Electricidad S.A. solicitando una indemnización por daño moral derivado de un menoscabo emocional. El tribunal de primera instancia fijó una suma indemnizatoria que el demandante consideró insuficiente. La parte apelante solicitó que se mantuviera la totalidad del monto otorgado. La Corte de Apelaciones, al revisar la prueba, constató que la intensidad del daño emocional no alcanzaba la magnitud requerida para justificar la suma total establecida. En virtud de los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y 32 y siguientes de la Ley Nº 18.287, la sentencia en alzada fue confirmada, pero se rebajó el monto indemnizatorio a $1.000.000.