Resumen
La Corte Suprema conoció de un recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente contra la resolución de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible, en cuenta, un recurso de protección. La Corte de Apelaciones consideró que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad. La parte recurrente apeló ante la Corte Suprema, argumentando que el recurso sí mencionaba hechos que podían constituir vulneración de garantías constitucionales. La Corte Suprema examinó el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, que establece que el tribunal debe declarar inadmisible si no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración de garantías del artículo 20 de la Constitución. En este caso, la Corte Suprema constató que el libelo contenía hechos que eventualmente podían configurar dicha vulneración. Por lo tanto, revocó la resolución apelada y declaró admisible el recurso de protección, ordenando darle tramitación. La decisión se fundó en el artículo 20 de la Constitución y el Auto Acordado respectivo.