Aduanero

Conforme lo dispuesto en el artículo 128 bis de la ordenanza de aduanas, las partes deb…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2025

Resumen

Conforme lo dispuesto en el artículo 128 bis de la ordenanza de aduanas, las partes debidamente representadas con facultades suficientes, aceptan las bases de arreglo, acordando reemplazar la sanción impuesta en el acto reclamado que impone al reclamante sr. ramón vicencio catalán, la medida disciplinaria de suspensión del ejercicio de su cargo, por el término de 30 días, y en su lugar se impone al reclamante el pago de una multa de 5 utm, bases de arreglo que aprueba el tribunal, arribándose a una conciliación total.

Normas citadas

  • Resolución Exenta N° 2854

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