Resumen
El candidato a consejero regional M.S.A.R. reclamó contra la Resolución N°G13788 del Servicio Electoral que aprobó su cuenta general de ingresos y gastos pero denegó el reembolso de $5.706.357 y ordenó la devolución de $2.130.180 al último aportante. El reclamante sostuvo que no existía un mayor aporte y que había subsanado todas las observaciones formuladas en la auditoría. El Tribunal Calificador de Elecciones consideró que la resolución era incongruente con el análisis del auditor, que propuso subsanar las observaciones pero igualmente ordenó la devolución y sugirió sanciones. Además, la resolución no explicaba el razonamiento para determinar el exceso de aporte. Por ello, el tribunal acogió la reclamación, dejó sin efecto la orden de devolución y autorizó el reembolso de tres documentos pendientes de pago por servicios de campaña. El tribunal concluyó que se cumplían las condiciones del artículo 17 de la Ley N°19.884 para conceder el reembolso.