Resumen del criterio jurisprudencial
Un contribuyente reclama en contra de una infracción cursada por aduanas del 176 letra ñ, por cuanto señala haber adquirido un vehículo con franquicia aduanera de discapacidad, y que la autoridad fiscalizadora indica habría incumplido con un requisito, esto es de residir permanentemente en el domicilio declarado. el contribuyente indica que este lugar reside efectivamente en el inmueble declarado, el cual es propiedad de una sociedad de su ahijado, quien le ha facilitado desde hace años una habitación de uso permanente en el hotel y además le ha permitido utilizar un estacionamiento ubicado a menos de una cuadra del inmueble, donde guarda habitualmente el vehículo. el tribunal,en base a la denuncia realizada, al reclamo y al traslado evacuado, constata que no se ha impuesto aún a la reclamante multa alguna que sea posible reclamar por esta vía, sin perjuicio de poder accionar una vez verificado el acto respectivo. por lo que no da lugar al reclamo.