Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal de Apelaciones de Valparaíso revisó la sanción impuesta a LIDERMAN SpA por ejercer actividades de guardia de seguridad sin la capacitación exigida. Con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.659, el régimen jurídico aplicable cambió, derogando el Decreto Ley N° 3.607. La conducta fue calificada como infracción leve conforme al artículo 98 N° 3 de la nueva ley. El tribunal aplicó el principio de favorabilidad, sustituyendo la multa anterior de 25 a 125 ingresos mínimos mensuales por la más benéfica prevista en la Ley N° 21.659. En consecuencia, confirmó la sentencia de primera instancia pero redujo la multa a 15 unidades tributarias mensuales. La resolución se notificó el dos de octubre de dos mil veintiséis.